jueves, 24 de mayo de 2012

De vuelta el baile de las excusas de los y las jueces


¿Por qué será?
La parte civil se dice víctima de una suerte de conspiración, de presiones…pero no dice nada sobre quiénes serían los responsables de tales injerencias. 

Sí, concordamos con la sospecha de todo tipo de injerencias y nosotros tenemos algunas dudas sobre quién lo hizo. 
Acaso, ¿la parte civil no dice lo siguiente? “El señor juez de acuerdo a un cronograma que hemos establecido tiene conocimiento de la llegada de los peritos y de la ruta clara que deben realizar los peritos que están llegando por tres o cuatro días entonces esto generaría un perjuicio para la defensa”, aseguró Barriga a la prensa.” (Artículo “Caso Patricia: Peritos internacionales no podrían participar de juicio si juez no señala audiencia” publicado el domingo 20 de mayo de 2012 en el periódico cochalo Opinión). ¿Desde hace cuando una parte en un proceso establece cronograma, dice al juez que día llamar a audiencia y a quién poner en la cárcel? 

Pongamos las cosas muy claras – la parte civil no es más que una parte en un proceso y es parte de la acusación. La abogada Barriga, muy hábil en utilizar las palabras como le conviene, ha logrado, en los últimos meses, a imponer como única visión posible la suya – y sospechamos que detrás de este “logro” podría estar algo más que sólo palabras. Por el momento, no podemos decir más que lo siguiente : el Ministerio de Transparencia Institucional y de Lucha contra la Corrupción aceptó una denuncia que hizo Odón hace algo más de dos meses, dándole un número para la investigación. 

Y, hemos puesto en consideración ante el Tribunal Constitucional Plurinacional nuestras interrogantes sobre este proceso que, de un punto de vista constitucional, tiene una legalidad dudosa en cuanto a la fase donde se encuentra. Existe un principio tan anclado en el derecho penal desde hace siglos que se sigue utilizando el término latino “non bis in idem” que hemos invocado. Traducido en castellano, eso da, en el art. 117.II de nuestra Constitución Política del Estado : nadie será procesado ni condenado más de una vez por el mismo hecho

La idea detrás de este principio muy importante para la seguridad jurídica de los y las ciudadanos, es que no se puede volver a enjuiciar una y otra vez a una persona por el mismo hecho. En verdad, es una idea muy sabia ya que todos sabemos que la Justicia comete errores y, como se puede ver en el caso de la niña Patricia Flores, errores graves, repetidas veces.
De los siete imputados, cinco tienen lo que se llama una sentencia ejecutoriada de absolución, es decir una sentencia firme, que ya no se puede cuestionar y cambiar, salvo en un juicio de revisión. Ahora, no va a ser fácil, en el caso Patricia Flores, llegar a una revisión, ya que para que se pueda reabrir un juicio bajo esta figura jurídica, es necesario que una parte presente hechos nuevos, desconocidos en el momento de la sentencia.

La madre y su abogada no tienen elementos nuevos ya que la prueba más fuerte del proceso (y que es reconocido a nivel mundial como ser una prueba mayor que pueda esclarecer un crimen que se ha quedado irresuelto durante años), la prueba de ADN, es parte del expediente desde el 29 de octubre de 1999, es decir a dos meses del crimen, cuando llegó un primer informe de ADN, diciendo con toda claridad que Odón es inocente.  Al total, hay cuatro informes en el expediente, hechas entre septiembre 1999 y septiembre 2000, todos diciendo lo mismo – Odón es inocente. Sin embargo, la madre de la niña y su entonces abogada, Martha Requena Peñaranda, seguían con sus numerosos memoriales, diciendo siempre lo mismo “él fue”. Con esta actitud cerraron las puertas para una nueva investigación, basándose sobre los resultados del análisis de ADN que dio con los nombres de José Luis Flores López y Reynaldo Flores Barrera.

Seguimos diciendo, como lo hacemos desde hace años, que la familia de la niña Patricia tiene todo el derecho de saber lo que pasó con ella y no tenemos miedo para nada a investigaciones hechas de manera científica y correcta para descubrir la verdad. Pero, decimos también que, en un proceso hay que respetar la ley y ante todo los principios constitucionales protegiendo a las personas involucradas, que se llaman los principios del debido proceso. La ley debe amparar los derechos para un proceso equitativo y justo para todas las partes y estas deben respetarlos, cosa que no hizo, hasta el día de hoy, la parte civil. La madre y su abogada salen a la opinión pública diciendo que se lastimaron sus derechos a la justicia, pero ¿qué hicieron ellas para que justicia se haga?

Nos duele pensar en todas las acusaciones injustas y gravísimas, lanzadas contra Odón en los últimos 13 años. Nos duele pensar en las agresiones que él y nosotros hemos sufrido, de manera directa (rechazo, agresiones hasta golpes y tentativas de linchamiento) e indirecta (por la prensa parcializándose de manera grave, dejando libre curso a acusaciones falsas). 
Con todo esto, entendemos muy bien que el caso se haya vuelto un rompecabezas para los y las actores de justicia quiénes de verdad quieren hacer su trabajo. Es de esperar que algún espíritu bien intencionado, respetando los derechos de absolutamente todas las personas involucradas en este proceso, nos dé una solución. Tal vez se encuentra este espíritu en Sucre…

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