jueves, 18 de diciembre de 2014

Al Defensor del Pueblo



Estimado Señor,

Mandando un saludo, le haremos unas preguntas:

¿Conoce usted una enfermedad llamada “Balano Prepusitis”? 

¿No es médico?
No importa, tampoco los médicos conocen esta supuesta enfermad con la cual se condenó a Odón Mendoza y que probaría que él hubiera vejada a la niña Patricia con un palo. Es que no existe. 

Tampoco existe una enfermedad de transmisión sexual llamada “Estafoliococo albus” que Odón hubiera transmitido a la niña. Sólo existe en nuestra piel, en la suya también por si acaso…un germen de la flora normal, llamado Estafilococus albus. 

¿Alguna vez ha tratado de medir un hematoma?
Difícil ¿no ve? Es siempre impreciso puesto que los hematomas se resorban de manera gradual hacia el tejido sano – decir que un cinturón, donde no se encontró nada, ni ADN ni restos de piel, es el arma del crimen porque tiene el mismo diámetro de un hematoma es pues una barbaridad. Además, los cinturones de los varones tienen un ancho estándar para que entren a los pasadores de los pantalones ¿verdad?

Odón fue condenado porque uno de sus cinturones tendría el mismo diámetro del surco equimótico en el cuello de la niña Patricia – a estas alturas, la jueza hubiera podido condenar a usted si usó un cinturón, tal vez tenía el mismo diámetro…

Usted estuvo presente cuando se leyó esta sentencia que es nada menos que una vergüenza y no remarcó  nada - ¿de verdad estuvo escuchando lo que se hizo con un hombre inocente que tiene tres diferentes pruebas de ADN diciendo siempre lo mismo: que no se encontró ningún ADN de él en las pertenencias de la víctima?

Porque, ADN existe y bastante: en el guardapolvo, el panty, la chompa, la polera y el cuerpo, es decir, y seamos muy directos por una vez, la vagina de la niña Patricia, se encontró el ADN de José Luis Flores, el mismo Flores (Flores ¿no ve? mismo apellido de la víctima) que la Corte Suprema calificó a nuestra gran sorpresa, nosotros que nunca hemos sospechado de algo así, de pariente del padre de la víctima.

¿No lo cree? Mire, bajo el punto 5.- d) (http://tsj.bo/detalle-de-autos/?auto=117157), la Corte Suprema escribe “José Luis Flores López pariente del padre de la víctima” cuando Odón, en sus recursos de casación de los años 2007 y 2008 incluso se había equivocado en sus apellidos: se lo llamó José Luis Flores Flores. La Corte Suprema corrigió esto y, haciendo su propia investigación, llegó a esta gran sorpresa.

Señor Defensor del Pueblo (lo que incluye a Odón ¿no le parece?) creemos que ya es hora que usted vaya a consultar archivos – no sólo del expediente, en el cual usted puede ver toda su defensa de Odón, páginas y páginas con pruebas, como por ejemplo esta que la niña falleció el domingo, día en que él ni siquiera salió del hogar cerrado donde vivía – sino también los archivos de su institución. Si están correctamente administrados, usted puede encontrar las varias cartas que Odón había escrito a mano durante varios años, pidiendo que la Defensoría del Pueblo se encargue del caso y a las que siempre recibió la misma respuesta: que el Art. 24.2 de la Ley del Defensor del Pueblo (El Defensor del Pueblo podrá rechazar una queja cuando la queja planteada se refiere a un asunto pendiente de resolución judicial.) haría imposible que el Defensor del Pueblo asuma conocimiento. 

No somos basura, Señor, tenemos los mismos derechos de la Sra. Martha Velásquez y no se preocupe, nunca vamos a solicitar un premio de ustedes – lo único que pedimos es que haga un trabajo correcto y es pues su obligación de ser imparcial. Una obligación que ha violado de manera terrible, a tal punto que hoy en día usted es cómplice de una de las grandes injusticias que se cometieron en nuestro país en los últimos años. 

Sin nada más que decir, nos despedimos.

Atte.
La familia de Odón Mendoza