martes, 25 de octubre de 2011

¿A quién le interesa la verdad?

El día de ayer, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos organizó, en el marco de su 143er período de sesiones, una mesa bajo el título “Violencia sexual en instituciones educativas en las Américas” en la cual se habló también del caso Patricia Flores de Bolivia.

Lastimosamente, los y las expositores no se tomaron la molestia de presentar simplemente los hechos sino tuvieron que acomodarlos a sus deseos de ser reconocidos como grandes defensores de los derechos humanos, lanzando acusaciones en contra de las entonces autoridades escolares y estatales así como en contra de la Corte Suprema, acusándola de “tráfico de influencias”. 

¿Cómo fue eso? En primer lugar acusando a las entonces profesoras de no haber protegido a la niña después de que su madre la entregase a su “cuidado” cuando, en realidad, la madre la dejó en la entrada y que la niña salió de la escuela en búsqueda de un chicle. 

Según el testimonio del propio padre en su declaración realizada unas horas antes de encontrar a la niña asesinada, ella había salido a la calle en búsqueda de un chicle “Basuka”. Se lee lo siguiente a fojas 49 del expediente: “(…) y en una de las tiendas nos dijo que se había acercado a preguntar si tenía chicle basuka y le respondió a mi hija que no tenía y mi hija se alejó y luego de mucho rato volvió a la tienda y le compró picocas y se quedó caminando por el lugar hasta las 09:30 aproximadamente”. 
Entonces, la madre no pudo haberla “entregado al cuidado del personal” de la escuela como lo dijo la abogada Katherine Romero en su intervención plagada de afirmaciones sin fundamento. 
Las conclusiones del jefe de la división menores y familia, siempre antes de encontrar a la niña, son contundentes : “La madre de la víctima habría llevado al colegio a su hija como de costumbre a horas 08:15 posteriormente abandonó el establecimiento, la víctima salió de la escuela para ir a comprar chicle y hasta la fecha se desconoce el paradero de Patricia Flores.” (fs. 52)
En la boca de la abogada Romero estos hechos se vuelven así : “las profesoras afirmaron que la menor nunca había sido llevada a la escuela para encubrir a los responsables” cuando el padre dice simplemente en su denuncia : ”(…) mi esposa preguntó a la profesora de su curso y ella le contestó que mi hija no asistió a clases (…)”.
Según la abogada, “las autoridades hicieron caso omiso durante los primeros días de la desaparición", cuando la denuncia oficial de desaparición de los padres fue recibida en la Fiscalía el día lunes 30 de agosto a las 10:30 (es decir 3 días después de su desaparición) y que la policía empezó con su búsqueda el mismo día. 

Después, hablando del curso del proceso, dice lo siguiente : “el regente de la escuela fue condenado después de 6 años” cuando en realidad la primera condena fue pronunciada en el mes de mayo de 2003, es decir algo más de 3 años y medio después de los hechos. Además, en el documento publicado en Internet, se lo designa con nombre y apellido violando así totalmente sus derechos fundamentales puesto que la sentencia fue anulada y que nadie tiene el derecho de relacionarlo con el hecho.

Según la “Abogada senior”, “la Corte Suprema anuló la sentencia por existir diversas fallas en el manejo de las pruebas, dejando en libertad al responsable” – afirmaciones que se parecen mucho a una vil calumnia ya que la Corte Suprema decidió anular la sentencia por valoración inadecuada de las pruebas, es decir el hecho de dejar del lado una prueba de ADN que dice claramente que no existe ningún tipo de evidencias para relacionar al regente con el asesinato.
Esta sentencia se puede leer en Internet – una verdadera profesional tendría que conocer la diferencia entre valoración inadecuada de las pruebas y fallas en el manejo de las pruebas ¿no?

Según ella, no se aplicaron estándares internacionales en la búsqueda de la verdad – a ver lo que piensan los científicos del FBI de esta afirmación temeraria. Si hay una institución que conoce y respeta la cadena de custodia es ciertamente el FBI y si ellos encontraron  ADN de la niña en las muestras que habían recibido de la policía boliviana además de la de dos hombres que se pudo identificar, pero nada del regente, es muy atrevido de parte de una abogada que no es una científica de considerar que no valen.

Y aún más atrevida su conclusión : en todos casos prevaleció el testimonio del agresor por encima de la vida y los derechos de la víctima, apuntando nuevamente al regente sin preocuparse lo más mínimo de la presunción de inocencia – actitud rara de parte de una persona que, mejor que otra, debería conocer los principios del debido proceso. 

Mi conclusión : esta abogada está tan agitada por hacerse conocer como gran defensora de las víctimas que no se preocupa demasiado de la verdad – no importa condenar a un inocente si la Abogada Senior puede aparecer en público y demostrar su gran empeño para las pobres víctimas. 

Que pena para un tema muy importante, la violencia en las escuelas, sea sexual u otro tipo de agresiones. Hay un montón de ejemplos que se podría utilizar investigando correctamente los hechos. Pero, una Abogada Senior, segura que está demasiado importante como para hacer un trabajo paciente de recolección de los elementos que pueden ayudar en encontrar la verdad sobre un crimen horrible y designar al verdadero culpable para que se haga justicia de verdad.

1 comentario:

  1. Y, para leer el documento mencionado, hay que ir a la siguiente dirección en Internet:
    http://www.womenslinkworldwide.org/wlw/new.php?modo=detalle_proyectos&dc=53

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